| Resumen |
Los preceptos de este Convenio regularán las relaciones laborales de todas las empresas cuya actividad consista en: a) Tratamientos silvícolas, podas, desbroces, cortafuegos, clareos y prevención de incendios forestales. b) Repoblaciones forestales y restauración del medio natural. c) Preparación, conservación y mantenimiento de pistas y caminos en el monte. d) Preparación y conservación de áreas recreativas. e) Vigilancia y extinción de incendios forestales. f) Otras actividades relacionadas con la conservación y ordenación de los espacios naturales. g) Otras actividades menores complementarias de las principales. |